miércoles, 4 de marzo de 2015

Que es la VIDA??

"...La vida es básicamente una oportunidad, es la oportunidad para dejar algo al mundo por lo cual nos puedan recordar cuando no estemos. Todo objetivo que se aleje de eso nos condenará a morir, que no es la muerte biológica sino el olvido, el hecho de no dejar legado para las futuras generaciones. El egoísmo, la avaricia, el odio y la intolerancia son como virus que nos llevan poco a poco a la muerte y se propagan hacia los que nos rodean..."

Trataremos dos conceptos de vida; por un lado hablaremos un poco sobre el concepto biológico de la vida, como creación del ser humano y significado a lo que hoy por hoy somos, y en un segundo momento hablaremos sobre el concepto de vida humana pero mas centrados hacia la rama del derecho, lo que seria el "derecho a la vida" al que estamos fuertemente ligados y nos guía hacia un buen comportamiento y una perfecta sociedad.

VIDA BIOLOGICA
la vida es la capacidad de nacer, crecer, reproducirse y morir. En este sentido, la vida es aquello que distingue a hombres, animales y plantas, por ejemplo, de los objetos como una roca o una mesa.
La vida también es el estado de actividad de los seres orgánicos y la fuerza interna que permite obrar a aquel que la posee. Otra forma de interpretar la vida está vinculada a la capacidad de un ser físico de administrar sus recursos internos para adaptarse a los cambios que se producen en su medio.
Cuando vemos a un hombre caminando o un perro corriendo, es indudable que estamos ante seres con vida. Resulta más complejo, en cambio, determinar cuándo empieza la vida y cuándo termina.

DERECHO A LA VIDA
El derecho a la vida es un derecho universal, es decir que le corresponde a todo ser humano. Es un derecho necesario para poder concretizar todos los demás derechos universales. El derecho a la vida significa tener la oportunidad de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos fundamentales.
Para los niños el derecho a la vida es la oportunidad de vivir su infancia y poder crecer, desarrollarse y llegar a la edad adulta.
El derecho a la vida de los niños está compuesto por dos derechos fundamentales: el derecho inherente a la vida y el derecho a la supervivencia y al desarrollo.

---Derecho inherente del niño a la vida
El conjunto de normas internacionales existentes hacen referencia a un derecho inherente a la vida. Esto significa que el derecho a la vida está vinculado al carácter humano y a la dignidad de las personas. De forma análoga, todo ser humano, sin excepción, merece el respeto incondicional por el simple hecho de existir y estar vivo. Por lo tanto, desde su nacimiento, todos los niños tienen derecho a una vida protegida.

--derecho a la supervivencia y al desarrollo del niño
El derecho del niño a la vida implica también el hecho de asegurarles la posibilidad de crecer y desarrollarse en un ambiente favorable. Es indispensable, por tanto, que puedan beneficiarse de servicios médicos adecuados, de una alimentación equilibrada, de una educación de buena calidad, así como de un ambiente saludable.

Asegurar que los niños tengan la posibilidad de desarrollarse de una forma sana y natural en cualquier tipo de situación (paz, guerra, catástrofe natural, etc.) constituye no solo una obligación de los Estados sino también una responsabilidad de los padres.

---Los indicadores del desarrollo infantil
El derecho a la supervivencia y al desarrollo de los niños se mide a partir de dos indicadores: 

1. el Índice de Desarrollo Humano (IDH)
2. Tasa de mortalidad infantil y de menores de 5 años (TMM5).
1. El IDH fue elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en 1990 para evaluar el nivel de desarrollo humano en todos los países del mundo. Este índice se calcula basándose en tres parámetros: la esperanza de vida al nacer, la educación (tasa de alfabetización y número de años de educación obligatoria) y el PIB per cápita. Cada parámetro se expresa con un valor entre 0 (nivel de vida mínimo) y 1 (nivel de vida máximo).

2.El TMM5 se calcula según los siguientes parámetros:
-el conocimiento de la madre en materia de salud,
-el número de médicos por cada 1000 habitantes,
-la tasa de vacunación,
-el acceso a los servicios sanitarios de maternidad e infantil,
-la ración de alimentos por habitante,
-los ingresos y la presencia de alimentos en el hogar,
-el aprovisionamiento de agua potable y la existencia de un proceso de saneamiento seguro,
-la seguridad global del entorno del niño.
Este índice permite observar, por tanto, la capacidad de cada país para garantizar a los menores la seguridad de su entorno y la protección de su vida.

ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

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